Preguntas frecuentes:  Privilegios e inmunidades de ESO en sus Estados anfitriones

¿En qué consisten los privilegios e inmunidades y por qué son necesarios para ESO?

Los privilegios e inmunidades son garantías otorgadas a una organización internacional, que le permiten funcionar de manera eficaz e independiente en sus Estados anfitriones, como lo son Alemania y Chile, en el caso de ESO. Garantizan sus operaciones en un país determinado, frente a cualquier cambio que pudiera ocurrir, ya sea de carácter político, económico u otro, a nivel local o nacional.

Las organizaciones internacionales son creadas por grupos de Estados soberanos, y los privilegios e inmunidades proporcionan una forma de gobernanza sumamente conveniente y ampliamente adoptada, para proteger los intereses de dichos Estados. El estatus de organización internacional garantiza que ningún miembro individual o Estado anfitrión esté en condiciones de ejercer una influencia excesiva, obtener una ventaja injusta o un aprovechamiento indebido de alguna actividad financiada en forma conjunta por sus Estados miembros.

Como organización internacional, en ESO la legislación nacional se sustituye por una serie de normas y reglamentos internos, establecidos para garantizar un funcionamiento adecuado, y que muchas veces incorporan o cumplen con la legislación nacional de sus Estados anfitriones y Estados miembros.

Las normas y reglamentos internos también contemplan las recomendaciones, estándares y mejores prácticas internacionales en materia de seguridad, recursos humanos, administración, requisitos técnicos, protección del medio ambiente, etc. El cumplimiento de dichas disposiciones por parte de la organización es controlado por organismos internacionales independientes, como la Organización Internacional del Trabajo. La garantía de funcionamiento independiente constituye un aspecto importante para la organización internacional, en la decisión de establecerse o no en un país.

¿En cuáles organizaciones se aplican los privilegios e inmunidades?

Todas las organizaciones internacionales (por ejemplo, las Naciones Unidas y sus agencias especializadas, la Organización Mundial de la Salud y sus filiales, las organizaciones europeas de investigación, tales como ESO, la Agencia Espacial Europea (ESA), la Organización Europea de Investigación Nuclear (CERN), el Laboratorio Europeo de Biología Molecular (EMBL), las organizaciones financieras internacionales, como el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Mundial, etc.), gozan de ciertos privilegios e inmunidades. Chile también es miembro de algunas de estas organizaciones, que gozan de estos beneficios en otros países.

Aparte de ESO y otros observatorios internacionales situados en el país, Chile otorga privilegios e inmunidades a otros organismos internacionales allí establecidos, como por ejemplo, la Comisión Económica para América Latina (CEPAL) y las oficinas de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

¿Cómo se comparan los privilegios e inmunidades de ESO con otras organizaciones en Alemania y Chile?

Los privilegios e inmunidades otorgados a ESO y a otros observatorios y organizaciones internacionales, están dentro del marco habitual y son similares a los concedidos a otras organizaciones internacionales en Alemania y Chile.

¿Qué límites y restricciones existen sobre los privilegios e inmunidades?

Los privilegios e inmunidades no son ilimitados ni están exentos de restricciones. Como se mencionó, los privilegios e inmunidades se otorgan para permitir a ESO llevar a cabo su misión. Los privilegios e inmunidades no se aplican a actos sin relación o fuera del ámbito de las actividades oficiales de la organización.

En Chile, los acuerdos bajo los cuales ESO funciona estipulan claramente que ESO cooperará en todo momento con las autoridades chilenas para facilitar una adecuada administración de la justicia, y ESO tiene un largo historial de cumplimiento con el compromiso asumido. La misma obligación se aplica a ESO en Alemania, como su otro Estado anfitrión.

Aún si se ejercen privilegios e inmunidades, los observatorios en Chile están obligados a garantizar el respeto a las disposiciones chilenas importantes y esenciales, como aquellas que se relacionan con la salud pública y la legislación laboral.

No se debe abusar de los privilegios e inmunidades, y el Director General puede renunciar a la inmunidad en casos específicos, si la inmunidad impidiera la acción de la justicia en Alemania o Chile.

¿Qué ventajas ofrece para los Estados anfitriones?

En Chile, los privilegios e inmunidades forman parte de un conjunto de reglas propuestas por Chile, bajo las cuales ESO acordó inicialmente establecerse en el país e invertir en la construcción del mayor conjunto de instalaciones astronómicas del mundo, y sigue haciéndolo.

A cambio, el Estado anfitrión recibe importantes beneficios, que incluyen acceso garantizado a las instalaciones, creación de puestos de trabajo para sus ciudadanos y posibilidades de contratos para la industria, así como el contacto con instalaciones únicas de clase mundial para ingenieros, técnicos y científicos, como también fondos para programas de cooperación local.

Todos estos beneficios contribuyen a la economía del país y a mejorar el nivel de competencia tanto de las personas como de las empresas que trabajan en ciencia y tecnología. También se ven aportes significativos en educación y alfabetización científica.

¿Cómo afectan las inmunidades al reglamento del personal local de ESO en Chile?

El Gobierno de Chile y ESO firmaron un acuerdo que dispone que el reglamento de ESO para el personal local contratado en Chile debe armonizar con los principios y objetivos esenciales de la legislación laboral chilena.

En cuanto a ALMA, las inmunidades en materia laboral generalmente no han sido invocadas. ALMA siempre ha negociado con su personal cumpliendo estrictamente con el Código de Trabajo chileno, en colaboración con diversas instancias de la Dirección del Trabajo.

¿Cómo se ve afectado el acceso a los recintos?

A fin de garantizar el funcionamiento sin interrupciones de la organización, las instalaciones de ESO en los Estados anfitriones son inviolables. El Director General de ESO es la única autoridad soberana sobre los recintos de ESO.

Como se mencionó, el Director General de ESO, teniendo debidamente en cuenta los intereses de la Organización, puede renunciar a la inmunidad en casos específicos, si dicha inmunidad obstaculiza la acción de la justicia. La experiencia pasada demuestra que ESO colabora con las autoridades locales, y ha recibido a autoridades en las instalaciones, incluyendo a ALMA, tras una solicitud de Alemania o de Chile.